Calculadora de finiquito 2026
Calcula tu finiquito: indemnización por años de servicio con tope de 90 UF, mes de aviso, vacaciones proporcionales y pendientes, según la causal de término.
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Estimación con las reglas generales del Código del Trabajo, sin recargos judiciales ni beneficios de tu contrato. Para un caso real, revísalo con la Dirección del Trabajo o un abogado laboral.
Lo que hay detrás del cálculo
Años de servicio
Si te despiden por necesidades de la empresa o desahucio (art. 161) y llevabas un año o más, corresponde un mes de remuneración por cada año trabajado, y la fracción de más de seis meses cuenta como un año. Se pagan hasta 11 años (art. 163).
Tope de 90 UF
Para estas indemnizaciones, la remuneración mensual se considera con un máximo de 90 UF (art. 172). Usamos la UF del último día del mes anterior al término.
Mes de aviso
Si el empleador no avisó por escrito con al menos 30 días de anticipación, debe pagar un mes más de remuneración, con el mismo tope de 90 UF (art. 161 y 162).
Vacaciones
Se pagan siempre, sea cual sea la causal: los días pendientes y los proporcionales, a razón de 1,25 días hábiles por mes desde tu último aniversario. Los días hábiles se convierten a corridos sumando los sábados, domingos y feriados que caen después del término, como indica la Dirección del Trabajo.
Seguro de cesantía
Con causal del art. 161, el empleador puede descontar de la indemnización por años de servicio lo que aportó a tu cuenta individual de cesantía, más su rentabilidad (art. 13 de la Ley 19.728). Si conoces ese monto, agrégalo para un cálculo más fino.
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Lo que más nos preguntan
¿Cuánto me corresponde de finiquito si renuncio?
Si renuncias no hay indemnización por años de servicio ni mes de aviso, pero sí te pagan las vacaciones pendientes y proporcionales, y lo que se te deba del último mes.
¿Qué entra en la última remuneración?
Todo lo que recibes en forma fija y mensual: sueldo base, gratificación, colación y movilización si son permanentes. No se consideran las horas extra ni los bonos esporádicos (art. 172).
¿El finiquito paga impuesto?
Las indemnizaciones legales por término de contrato no pagan impuesto ni cotizaciones (art. 178). El sueldo pendiente del último mes sí tiene los descuentos normales.
¿Y si el despido es injustificado?
Si un tribunal declara el despido injustificado, la indemnización por años de servicio tiene un recargo de 30% a 100% según la causal invocada (art. 168). Esta calculadora no incluye recargos.
¿Cuánto tiempo tiene la empresa para pagar?
El finiquito debe ratificarse y pagarse dentro de 10 días hábiles desde la separación del trabajador (art. 177).
¿Este cálculo es oficial?
Es una estimación con las reglas generales del Código del Trabajo. Tu contrato puede tener condiciones mejores y cada caso tiene detalles. Ante dudas, consulta en la Dirección del Trabajo.